A partir de 1 Agosto 2013
Declaración y pago de Retención de CREE solo a través de los Servicios Informáticos.
Bogotá, julio 30 de 2013. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN, recuerda a los
agentes de retención que, tal como se estableció en el Decreto 862 del 26 de abril 2013 y la
Resolución 12761 de 2011, a partir del próximo 01 de agosto, la declaración y pago del Impuesto
sobre la Renta para la Equidad – CREE, deberá realizarse a través de a través de los Servicios Informáticos
Electrónicos de la DIAN.
Doctrina DIAN ReteCREE – No obligatoriedad de presentación en periodos sin
Presentación de ReteCREE para agentes retenedores y autorretenedores del impuesto sobre la renta
Para la Equidad- CREE no es obligatoria cuando no se haya realizado operaciones sometidas a dicho
Impuesto



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